Novedades tributarias de 2023

Rebaja del IVA en alimentos básicos

Se ha suprimido el IVA de alimentos básicos como el pan, harinas panificables, leche, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, patatas y cereales, que pasa del 4% al 0%.

También se reduce del 10% al 5% el IVA en pastas y aceites.

La rebaja del IVA también afecta a artículos de higiene femenina y anticonceptivos que empezarán a tributar al tipo reducido del 4%.

Aumento del mínimo exento en el IRPF

 Se eleva el umbral, no están obligados los contribuyentes que perciban rentas del trabajo que tengan más de un pagador si la suma de dichos rendimientos no supera los 15.000€ (con anterioridad el límite era de 14.000€).

Aumento de la reducción por rendimiento de trabajo

Sube la reducción por rendimientos de trabajo hasta los 21.000 euros desde los 15.000 euros anteriores.

Esta medida afectará principalmente a quienes perciben un salario más bajo y según estimaciones del Ejecutivo, beneficiará al 50% de los asalariados.

No se han tenido en cuenta otras medidas como la posible deflactación de las tarifas generales de gravamen, ni el incremento de los mínimos personales y familiares, como vías para intentar paliar los efectos del incremento acumulado de la inflación.

Más impuestos sobre el ahorro

Las rentas del ahorro superiores a 300.000 euros pasarán a estar gravadas al 29% frente al 27% de 2022.

Renovación de las ayudas fiscales para la factura de la luz

 En 2023 continuarán las ayudas a la factura eléctrica, que mantiene un 5% para determinados suministros de energía.

En esta línea, también se mantiene la suspensión del IVA a la producción de energía eléctrica y el tipo reducido del 0,5% en el Impuesto Especial sobre la Electricidad.

Incremento de los gastos de difícil justificación para autónomos

 Por su parte, los autónomos que tributen en estimación directa simplificada podrán imputar dos puntos más de gastos de difícil justificación hasta un 7%. (Máximo 2000 euros)

Rebaja en el impuesto de sociedades a las pymes

 Se reduce del 25 al 23% el tipo de gravamen para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) del período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1.000.000€ y no tenga la consideración de entidad patrimonial.

Se limitará al 50% la compensación de las pérdidas de las filiales a los grandes grupos consolidados.

Novedades con la Ley de Start-ups

 La nueva Ley de Start Ups trae muchas novedades para emprendedores y empresas de nueva creación.

En materia fiscal se amplía la deducción por inversión en empresas de nueva creación y se mejoran los impuestos de las stock options.

Nuevo Impuesto a las grandes fortunas

El nuevo Impuesto de Solidaridad a las grandes fortunas se aplicará durante 2023 y 2024 y gravará a las personas con un patrimonio superior a tres millones de euros.

Es un tributo estatal que no se puede ceder a las Comunidades Autónomas y que se aplicará a todo el territorio español.

Debido a que generará una doble imposición, por invadir competencias autonómicas y por llegar a ser confiscatorio, es bastante probable que, debido a ese cúmulo de factores, se pueda declarar su nulidad o inconstitucionalidad.

Nuevo impuesto sobre los plásticos

En 2023 también se estrena el impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables que afectará a productores e importadores de envases que no sean reutilizables.

0,45 euros por cada kilogramo de plástico no reciclado

Modificaciones en el régimen fiscal especial aplicable a impatriados

La Ley de Startups ha introducido diversas modificaciones con efectos en 2023 en el conocido como “régimen fiscal de impatriados” (Ley Beckham).

La primera novedad que encontramos en esta materia es que se reduce de 10 a 5 años los periodos impositivos en los que el impatriado no debe haber sido residente fiscal en territorio español (con anterioridad al desplazamiento).

Para poder aplicar este régimen es necesario que el interesado tenga un motivo concreto de desplazamiento a España. En este sentido, la Ley de Startups ha aumentado estos motivos, es decir, ahora existen más situaciones que pueden motivar al impatriado a aplicar la “Bey Beckham”.

Nuevos impuestos temporales a la banca y empresas energéticas.

El nuevo impuesto a la banca gravará al 4,8% los intereses y comisiones de todas las entidades que facturasen más de 800 millones en 2019, mientras que el energético gravará el 1,2% sobre el importe de la cifra de negocio de las compañías del ramo energético que facturasen más de 1.000 millones en 2019. En principio estarán en vigor 2023 y 2024, pero que podrían hacerse permanentes.

Nueva ayuda de 200 euros para personas físicas.

No tienen derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022, perciban el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o una pensión o las rentas obtenidas en 2022 (incluidas las que perciban los convivientes) excedan de 27.000 euros íntegros. (O tengan patrimonio superior a 75.000€ descontando Vivienda habitual) Del 15 de febrero al 31 de marzo de 2023.

Cotización autónomo 2023.

En 2023 los autónomos empiezan a cotizar según un nuevo Sistema de cotización por ingresos reales.

Desde una cuota mínima de 230 euros mensuales para autónomos con rendimientos netos inferiores a 670 euros mensuales hasta los 500 euros/mes de cuota mínima para aquellos autónomos con rendimientos netos superiores a 6.000 euros mensuales.

SMI en España 2023

El salario mínimo interprofesional publicado para 2023 se establece en 1.080 euros. El BOE ha publicado el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se eleva la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta los 1.080 euros brutos mensuales en 14 pagas, hasta los 15.120 euros brutos anuales

Resumen preparado el 15 de febrero de 2023

Share Button