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¿Pagan las asociaciones en el impuesto de sociedades?

Febrero 2015

Las asociaciones con ingresos exentos inferiores a 50.000 euros no deberán presentar Impuesto sobre Sociedades.

Las asociaciones de carácter social, deportivas, de padres, asociaciones de vecinos, etc., no estan obligadas a presentar declaración por el Impuesto sobre Sociedades, a no ser que estén en alguno de los siguientes supuestos:

  • Hubiesen obtenido ingresos por actividades ajenas a su objeto social (actividades económicas, alquileres, intereses, etc.).  Excepto que dichos ingresos fuesen inferiores a 2.000 euros y estuviesen sometidos a retención.
  • O si sus ingresos totales, es decir los no exentos y los exentos, (cuotas de asociados, colaboradores o benefactores) superaban los 100.000 euros.

 

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