INGRESO MÍNIMO VITAL
Concepto
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos.
| Parte de una amplia tipología de hogares (en función del número de miembros y de si son monoparentales) y establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de hogar. El nivel mínimo, que corresponde a los hogares unipersonales, es de 5.538 euros al año, el equivalente a una pensión no contributiva. A partir de esta cuantía se establece un coeficiente adicional por cada miembro del hogar y un beneficio para los hogares monoparentales, según se indica en la tabla inferior. |
Dirigido a
- El titular será una persona entre 23 y 65 años, o menor de edad con hijos a cargo.
- Por cada hogar habrá un titular que solicite la prestación.
- Hogares de distinto tamaño, incluso unipersonales.
- Con residencia legal y efectiva en España (al menos 1 año ininterrumpido) excepcionando situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual).
- Si el hogar está formado por una sola persona el titular tendrá entre 23 y 65 años y llevar al menos tres años constituido como hogar.
- Si el hogar tiene dos o más miembros, de manera general la edad del titular estará entre 23 y 65 años salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo. Estos hogares deberán llevar constituidos al menos un año.
- Ingresos totales del hogar inferiores a la renta garantizada.
- Es compatible con ingresos laborales, siempre que no se supere el umbral establecido.
- Patrimonio (se excluye la vivienda habitual) inferior a 3 veces la renta garantizada para un hogar unipersonal con una escala de incrementos por hogar.
- La solicitud se realizará a través de www.seg-social.es o enviando la documentación por correo ordinario postal,
- Habrá un teléfono de información 900 y un asistente virtual y un simulador
- El acceso podrá realizarse a través de ayuntamientos tras la firma de los convenios previstos.
| El plazo para solicitar el Ingreso Mínimo Vital se inicia el lunes 15 de junio de 2020 con efectos retroactivos desde el 1 de junio (las solicitudes que se presenten en un plazo de 3 meses). |
| El pago será mensual y se cobra en 12 pagas. |
ENLACE A LA LEY:
ingreso minimo vital BOE-A-2020-5493