Pueden cobrarla asalariados y autónomos que estén en alta en la Seguridad Social y cobrarán el 75% de su base de cotización por contingencias profesionales.

¿Quiénes pueden solicitar esta prestación?

Pueden cobrarlo desde el 12 de marzo de 2020 todos los trabajadores por cuenta ajena y autónomos contagiados por el virus Covid-19 (conocido como coronavirus) o que estén en aislamiento preventivo, que haya sido decretado por la autoridad correspondiente del Servicio Público de Salud.

¿Se exige algún requisito?

Sí, es imprescindible encontrarse en situación de alta en la Seguridad Social en la fecha en la que se determine la enfermedad o el asilamiento. Si bien, no hace falta tener ningún periodo cotizado previamente y el parte de baja y de alta emitido exclusivamente por el servicio público de salud, no vale las compañías de seguros privadas.

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